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Feriado Provincial

 

Dentro de dos semanas, la administración pública provincial vivirá otro fin de semana largo similar a semana santa, ya que el jueves 30 de abril próximo será feriado provincial por la fecha en que se conmemora el histórico plebiscito de la histórica Escuela nº 18 “Benjamín Zorrilla” Alto Río Corintos, el viernes 1º de mayo se conmemora el Día del Trabajo. Diputados del oficialismo confirmaron, “está la decisión de no modificar la Ley provincial nº 4.841 que fue promulgada en el año 2.002, en principio por única vez al cumplirse al aniversario de aquella histórica decisión, los motivos para mantener el feriado y no derogar la norma que son dos, en principio destacar la decisión patriótica de elegir ser argentino, eso no pasó en ningún lado de ka Nación”. Dijo la Diputada por el Frente para Victoria, Dr. Mariana Ripa.

Y por otra parte, dar impulso al movimiento turístico dentro de la región, ya que como sucedió en la última semana santa, unos 4.500 autos se movilizaron dentro de la provincia, por lo que la ley genera un gran impulso al sector, teniendo en cuenta que probablemente para esa fecha, los empleados de la administración pública provincial haya percibido sus haberes.

La ley votada en 2.002, declaró al 30 de abril de cada año día no laborable en todo el ámbito provincial en homenaje a la decisión histórica de la población que en aquel día pero en el año 1.902, se autoconvocó en la histórica Escuela nº 18 “Benjamín Zorrilla de Alto Río Corintos, decidiendo con su voto a favor, nuestros legítimos derechos de Soberanía sobre la pertenencia de tierras cordilleranas, dado que se enmarcaban en la fijación de los límites entre nacientes estados, Argentina y Chile, la demarcación desde el Lago Lácar y la sección desde el Nahuel Huapi hasta la Colonia 16 de Octubre.

Mediante el artículo nº 2 establece que se deberá incluir en la currícula escolar de los niveles de enseñanza privada y media, los antecedentes históricos, geográficos y jurídicos del Plebiscito, como así también una reseña de los conflictos de límites y sus soluciones suscitadas en jurisdicción provincial, destacando los hechos memorables protagonizados por gobernantes, legisladores, pioneros, exploradores, científicos, peritos en límites y otras personalidades que contribuyeron a afianzar la soberanía argentina en nuestro suelo provincial.

En el artículo 3º de la Ley nº 4.841 se establece finalmente que en este día no laborable el descanso es obligatorio para la Administración Pública Provincial, Bancos, Seguros y Actividades afines y solamente optativo para las actividades industriales, comerciales y civiles.

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